Histórico fallo en EE.UU.: condenan a Meta y YouTube por dañar la salud mental de una joven con diseño “adictivo”

Un jurado de Los Ángeles declaró a Meta y a YouTube responsables de haber perjudicado a una joven por el diseño “adictivo” de sus plataformas y ordenó este miércoles a ambas compañías pagar una indemnización inicial de 3 millones de dólares, en un fallo que ya es considerado histórico dentro de la ola de litigios contra las grandes redes sociales en Estados Unidos.

La decisión se tomó en la Corte Superior de Los Ángeles, tras un juicio que comenzó a fines de enero y que puso bajo la lupa a Instagram y YouTube por supuestos mecanismos de diseño pensados para fomentar el uso compulsivo entre menores. El jurado concluyó que ambas empresas fueron negligentes en el diseño y funcionamiento de sus productos, y que esa negligencia fue un factor sustancial en el daño sufrido por la demandante.

La joven, identificada en el expediente como K.G.M. y presentada en el juicio como Kaley, sostuvo que comenzó a usar YouTube a los 6 años e Instagram a los 9, y que esa exposición temprana derivó en un uso casi constante que afectó su autoestima, deterioró sus vínculos sociales y contribuyó a problemas de salud mental. Durante el proceso, declaró que dejó hobbies, tuvo dificultades para hacer amigos y se comparaba de manera permanente con otros usuarios.

El jurado fijó una primera indemnización compensatoria de 3 millones de dólares, de los cuales Meta deberá afrontar el 70% (US$ 2,1 millones) y YouTube el 30% restante (US$ 900.000). Pero el dato más sensible para la industria es otro: los jurados también concluyeron que hubo “malicia, conducta abusiva o fraude”, una definición que habilita una segunda etapa para definir daños punitivos, es decir, un castigo económico adicional que podría elevar de forma significativa la condena. Algunos medios estadounidenses reportaron que esa instancia ya podría sumar otros 3 millones de dólares.

«El fallo logra eludir la Sección 230 del Communications Decency Actestadounidense, que durante mucho tiempo protegió a las plataformas de cualquier responsabilidad por los daños generados en sus usuarios. La clave está en que los abogados demandantes no cuestionaron el contenido publicado por terceros, sino el diseño del producto: el scroll infinito, el autoplay, las notificaciones compulsivas«, explica a Clarín Luis García Balcarce, abogado especializado en derechos digitales.

«No es una cuestión de moderación de contenidos, sino un supuesto de producto defectuoso. En términos del derecho argentino, se asemeja a la responsabilidad objetiva por el vicio o riesgo de un producto o servicio puesto en circulación: la plataforma respondería como fabricante del producto», agrega.

El expediente de Kaley fue elegido como un caso modelo o bellwether, una figura clave en el sistema judicial estadounidense cuando existen miles de demandas similares. En la práctica, funciona como una prueba piloto: su resultado no define automáticamente los otros expedientes, pero sí marca cómo podrían reaccionar futuros jurados frente a los mismos argumentos y pruebas.

Por eso, el alcance del fallo excede largamente los 3 millones de dólares iniciales. El caso forma parte de una batería de demandas coordinadas en California contra empresas como Meta, Google, TikTok y Snap por supuestos daños a la salud mental de niños y adolescentes. TikTok y Snap, de hecho, habían acordado previamente un arreglo con la demandante antes de que comenzara el juicio, mientras que Meta y Google decidieron ir a fondo y litigar hasta el veredicto.

«El concepto de adicción por diseño pasó de ser un concepto académico o doctrinario a la categoría de hecho jurídicamente probado ante un jurado. El tribunal respondió afirmativamente a todas las preguntas sobre negligencia y omisión del deber de advertencia, reconociendo como cuestión de hecho que las plataformas conocían el daño que generaban en usuarios menores y no adoptaron medidas adecuadas», explica Balcarce.

Además, a mediados de año comenzará otro juicio federal en el norte de California, impulsado por distritos escolares y padres de todo el país, con acusaciones similares contra Meta, YouTube, TikTok y Snap. El resultado de Los Ángeles, por lo tanto, es visto por analistas y abogados como el primer gran test sobre si las plataformas pueden ser consideradas responsables no por el contenido que publican terceros, sino por el diseño mismo de sus productos.

Ese punto es central porque apunta a rodear uno de los escudos legales más importantes de la industria: la Sección 230 de la legislación estadounidense, que en general protege a las plataformas de ser responsabilizadas por publicaciones de sus usuarios. En este caso, la estrategia fue distinta: los abogados de la demandante enfocaron la acusación en funciones como el scroll infinito, la reproducción automática, las notificaciones constantes y los contadores de “me gusta”, presentadas como herramientas diseñadas para maximizar permanencia y dependencia.

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